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EXCAVACION EN ROCA FIJA, CON EQUIPO MECÁNICO Y/O A MANO, INCLUYE AFINES Y ACARREO LIBRE A 40 M.

DEFINICION.- Operaciones que consisten en él afloje, extracción, remoción y traspaleo si se requiere de materiales, que se ejecute a cielo abierto, de acuerdo con lo fijado en el proyecto, para construir, desplantar, aflojar o que formen parte de las obras que tiene a su cargo.

Dentro de estas obras quedan comprendidas las siguientes: obras de toma, obras de desvío, canales, drenes, cunetas, contra-cunetas, tajos, bordos, edificios y estructuras en general.

Material III o roca.- Son los materiales de dureza y textura tales que sólo pueden ser económicamente excavados mediante el uso de explosivos y/o compresores.

Se consideran en esta clasificación, materiales tales como: basalto, granito, andesita, riolita, areniscas y conglomerados fuertemente cementados, afloraciones de yeso, calizas y todas aquellas formaciones semejantes cuya compacidad amerite clasificarlas en este grupo. También quedan comprendidos bloques aislados de roca sólida, cuyo volumen sea de cero punto setenta y cinco (0.75) metros cúbicos o más.

Cuando el material III esté mezclado o intercalado con roca resquebrajada, arcilla u otros materiales semejantes en forma tal que no puedan cubicarse aisladamente el conjunto se considerará como Material III, siempre y cuando la parte compacta constituya por lo menos el setenta y cinco por ciento (75%) del volumen total cubicado entre dos secciones medias. En el caso de que se estime que el volumen de Material III no llegue al setenta y cinco por ciento (75%) del volumen total, se considerará separadamente el porcentaje de cada material en el volumen de excavación.

REQUISITOS DE EJECUCION.- El Contratista deberá emplear los procedimientos y equipo Propuesto en el concurso, sin embargo, puede poner a consideración de la Dependencia para su aprobación cualquier cambio que justifique un mejor aprovechamiento de su equipo y mejora en los programas de trabajo; pero en caso de ser aceptado no será motivo para que pretenda la revisión del precio unitario establecido en el contrato.

Los trabajos de excavación podrán comprender algunas o todas las operaciones siguientes:

Afloje previo
Extracción, remoción, traspaleo, carga y descarga
Acarreo libre
Amacice
Afines

Afloje previo.- Cuando se requiera esta operación, podrá efectuarse manualmente, con equipo mecánico o mediante el uso de explosivos, dependiendo de la dureza del material de que se trate o del volumen por remover y el sitio donde se realice la excavación.

Cuando el Contratista pretenda utilizar explosivos, deberá recabar la autorización escrita.

El uso de los explosivos se permitirá únicamente cuando se tomen las debidas precauciones para la protección de las personas, obras y propiedades; y será el único responsable de hacer caso omiso de esto

En ningún caso los estopines, fulminantes y otros detonadores se transportarán o almacenarán en el mismo vehículo o lugar en donde se transporte o guarde pólvora, dinamita u otros explosivos.

El uso, manejo y transporte de explosivos y detonadores, deberá apegarse a los reglamentos que al respecto tiene establecidos la Secretaría de la Defensa Nacional, debiendo tramitar el Contratista el permiso correspondiente.

Extracción, remoción, carga y descarga.- Todo el material producto de la excavación deberá acarrearse a cien (40) metros fuera de ella y depositarse en el lugar y con la disposición que señale el proyecto o el ingeniero.

Acarreo libre.- Todos los materiales a que se refiere esta Norma incluyen el acarreo libre de cuarenta (40) metros. Queda establecido que el acarreo libre no será objeto de medición y pago por separado, por lo que el Contratista deberá tomar en cuenta el costo de esta operación al proponer los precios unitarios de excavación.

Amacice de taludes y plantillas.- Las superficies que limitan las excavaciones, se amacizarán removiendo en la forma y momento que ordene el Ingeniero, todas las piedras sueltas, derrumbes y en general todo el material inestable.

Afines.- Todas las excavaciones se ejecutarán y afinarán dentro de las líneas y niveles que indique el proyecto, con la tolerancia de +- 5 cm. sin que esto se repita sistemáticamente.

DISPOSICIONES GENERALES.
Para efectuar las excavaciones necesarias del presente concepto el Contratista deberá efectuar los accesos y rampas necesarias cuando estas no rebasen un volumen del 50% de la excavación, las cuales quedan incluidas dentro del mismo precio unitario de excavación.

Cuando se empleen explosivos, se evitará hasta donde sea posible aflojar el material en los taludes y plantillas más allá de la superficie teórica fijada en el proyecto; para su correcto uso.

Toda la excavación practicada fuera de las líneas de proyecto o que el CONTRATISTA efectúe deliberadamente para incrementar sus volúmenes se considerará como “sobre excavación“. Los volúmenes de materiales que, fuera de los límites indicados en dicho párrafo se derrumben, aflojen o alteren por causas imputables al Contratista, o para facilitar sus operaciones, serán de su responsabilidad no será motivo de pago de estas sobre-excavaciones.

Las excavaciones se ejecutarán siguiendo un sistema de ataque que facilite el drenaje natural de las mismas, por lo que procurará el Contratista que éstas se efectúen siempre en seco, es decir sin tirante de agua.

En los casos que no pueda drenarse la excavación por el sistema de ataque en la misma operación de excavación, el agua podrá eliminarse mediante dos sistemas:

Excavaciones adicionales fuera del área para captar y eliminar el exceso de agua por gravedad.
Mediante la excavación de cárcamos para la instalación de bombas.

El Contratista propondrá el procedimiento más apropiado indicado para el caso de bombeo, el número y capacidad de las unidades que vaya a emplear, para lo que se aplicará lo indicado en “Achique de agua”, siempre que justifique el menor costo y sea aprobado por el Ingeniero.

Los materiales producto de las excavaciones deberán colocarse en los sitios y con la disposición que indique el proyecto o señale el Ingeniero.

El material producto de las excavaciones deberá clasificarse como “material aprovechable” o “material no aprovechable”.

Los materiales aprovechables se podrán utilizar directamente en la misma obra en forma coordinada con la excavación o se depositarán en bancos de almacenamiento para su utilización posterior.

Los materiales no aprovechables deberán retirarse lateralmente donde ordene el Ingeniero o indique el proyecto fuera de las áreas de construcción que se indique, en tal forma que no interfieran con el desarrollo normal de los trabajos.

Cuando se empleen explosivos y se requiera aprovechar el producto de la excavación, el Contratista deberá recabar la aprobación del Ingeniero por cuanto se refiere a la disposición y profundidad de los barrenos y la cantidad de explosivos a emplearse, debiendo cuidar el Contratista que al retirarlo, no los contamine ni los inutilice.

Cuando exista “material aprovechable”, éste pasará a ser propiedad de la Dependencia, si esta en terrenos federales, por lo que el Contratista no podrá utilizarlo sin previo consentimiento de la misma.

Cuando al efectuar las excavaciones para desplantar cualquier estructura, se encuentren materiales inadecuados, el Ingeniero podrá ordenar la profundización de las excavaciones y no se iniciará dicho desplante sino hasta que se hagan las correcciones y adaptaciones al proyectos original por la residencia de supervisión, considerando la mayor profundidad del desplante, si no está previsto en el proyecto.

Las grietas y oquedades que se encuentren en el fondo y paredes de la excavación deberán quedar libres de materiales sueltos objetables. Realizada la limpieza se les dará el tratamiento que requieran de acuerdo con lo que ordene el Ingeniero o indique el proyecto.

Cuando el proyecto fije que las paredes de la excavación puedan servir de molde a un colado, sus dimensiones no deberán excederse de las tolerancias fijadas en el proyecto. Ningún saliente del terreno deberá penetrar dentro de la sección de construcción de la estructura. Las raíces y troncos d árboles que sobresalgan deberán cortarse al ras.

RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA.- Los daños y perjuicios a terceros por trabajos de excavación ejecutados indebidamente dentro o fuera de las áreas señaladas en el proyecto, serán de la exclusiva responsabilidad del Contratista, por lo que éste deberá cubrir a sus expensas todas las reclamaciones que por tal motivo se presenten.

Cualquier daño o perjuicio imputable al Contratista que se produzca por el manejo de explosivos o por las explosiones, deberá ser reparado por él mismo a sus expensas sin perjuicio de cubrir las indemnizaciones a que se haya hecho acreedor.

Todas las sobre - excavaciones serán responsabilidad del Contratista, por lo que todos los materiales y mano de obra que se requieran para restituir la sección al proyecto original serán a su cargo, realizando este trabajo en el momento y forma que ordene el Ingeniero.

ALCANCES, CRITERIOS DE MEDICION Y BASE DE PAGO
ALCANCES.- Para fines de medición y pago, los precios unitarios de los conceptos de trabajo relacionados con esta Norma, incluyen lo que corresponda por equipo, instalaciones, herramientas, explosivos y sus accesorios y todos los materiales necesarios, así como la mano de obra requerida para ejecutar las operaciones de: afloje previo si se requiere; extracción, remoción y carga, acarreo libre, descarga y depósito de los materiales en los sitios y con la disposición que señale el proyecto o que ordene el Ingeniero, amacices, afines y en su caso reposiciones por “ sobre-excavación“, como se indica en el párrafo anterior.

CRITERIOS DE MEDICIÓN.- La medición de los volúmenes excavados se hará en METROS CÚBICOS, (M3) con aproximación a un decimal (0.10).

La medición de los volúmenes se hará en la excavación misma, tomando como base los datos fijados en el proyecto con las modificaciones por cambios ordenados y aprobados previamente.

Para las estructuras que requieran que la cimbre se coloque entre la estructura y la excavación las líneas de proyecto se prolongaran de tal manera que permita su colocación adecuada y retiro de la misma, con una tolerancia máxima entre la cimbra y el terreno natural de 15 cm.

En la medición de los volúmenes excavados, no se considerarán, abundamientos, ya que la medida de la excavación se hará en corte o banco.

Los volúmenes de las excavaciones se determinarán por medio de seccionamiento y siguiendo el método del promedio de áreas extremas.

No se medirán las excavaciones ejecutadas fuera de las líneas del proyecto con las tolerancias que fijen las especificaciones para cada caso (línea de pago), ni los derrumbes de las paredes y taludes de la excavación, originados por causas imputables al Contratista. En ambos casos, el exceso de excavación así como los huecos dejados por los derrumbes, serán considerados como “sobre-excavaciones”. El producto de estas sobre - excavaciones, así como el material que se acumule en el piso como azolves también ocasionados por descuido del Contratista, serán retirados en el momento y forma que determine el Ingeniero, sin derecho a reclamar bonificación por ello.

Cuando la propia excavación deba servir de molde, no se medirán los volúmenes resultantes en exceso a la tolerancia fijada en el proyecto de las especificaciones de etc.

Cuando el Ingeniero ordene el relleno del excedente de la excavación que resulte de las tolerancias de ejecución especificadas o de derrumbes originados por causas no imputables al Contratista, los trabajos se ejecutarán y medirán de acuerdo con lo que indique el capítulo respectivo para el material que se use para el relleno.

BASE DE PAGO.- El CONTRATISTA deberá tomar en cuenta cada una de las actividades a ejecutar en cada uno de los conceptos de acuerdo a las especificaciones de construcción para considerarlos en el análisis de sus precios unitarios de su propuesta económica, de lo contrario no será motivo de reclamaciones posteriores para tratar de solicitar costo adicional y/o solicitar conceptos adicionales a los de concurso.

Las cantidades que ejecutará el CONTRATISTA, le serán estimadas y pagadas al precio unitario estipulado en el catálogo de conceptos, el que incluye los costos directos, indirectos, financieros, así como la utilidad del CONTRATISTA más los costos adicionales que se especifican en el ANEXO A 17 de las bases de concurso

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